Los primeros 150€ que dones desgravarán el 75% y a partir de 150€ desgravarán el 30%. Infancia sin Fronteras está acogida al régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, por lo que todas las personas físicas y jurídicas tienen derecho a deducciones en la cuota del IRPF o IS, respectivamente. Más información
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