A raíz de la mejora introducida por el Real-Decreto Ley 17/2020 por la que se aprobaron medidas para hacer frente al impacto del Covid-19, de los primeros 150€ que dones a Infancia sin Fronteras podrás deducirte el 80%, y el 35% de la cantidad restante (40% si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores hubieras efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de nuestra ONGD). Infancia sin Fronteras está acogida al régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, por lo que todas las personas físicas y jurídicas tienen derecho a deducciones en la cuota del IRPF o IS, respectivamente. Más información
© Copyright 2016. Infancia sin fronteras.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR